Educador/a de Párvulos, varias comunas - Viña del Mar, Chile - Junji

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    Descripción

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    La Junta Nacional de Jardines Infantiles de la Región de Valparaíso requiere proveer el cargo de Educador/a de Párvulos, grado 18° , para Jardínes Infantiles para las comunas de Catemu, Juan Fernández y Vilña del Mar, de la Región de Valparaíso.

    Este cargo tiene por misión liderar los procesos de aprendizaje de niñas y niños, resguardando el bienestar integral de los párvulos en conjunto con sus familias y comunidad, generando aprendizajes de calidad, relevantes y significativos en los niños y niñas.

    Vacantes: 3

    II.- Requisitos

    Requisitos Generales:

    Para ingresar a la Administración Pública los/as postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos del artículo N° 12 de la Ley No sobre Estatuto Administrativo:

  • Ser ciudadano/a o extranjero/a con permiso de residencia para realizar actividades remuneradas.
  • Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
  • Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
  • Haber aprobado la educación media y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley; Para títulos obtenidos en el extranjero deben contar con su validación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y/o validación otorgada por la Universidad de Chile.
  • No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria.
  • No estar inhabilitado/a para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
  • Requisitos Específicos

  • Título profesional de Educador/a de Párvulos otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente.
  • III.- Experiencia deseable

  • Experiencia deseable de al menos 1 año como Educador/a de Párvulos en instituciones públicas o privadas.
  • IV.- Competencias del cargo

    Competencias Transversales

  • Trabajo colaborativo
  • Orientación al servicio
  • Competencias Específicas

  • Liderazgo educativo
  • Aprendizaje e innovación
  • Planificación y organización
  • V.- Conocimientos esperados

  • Manejo de Office.
  • Bases Curriculares de la Educación Parvularia.
  • Referente curricular.
  • Políticas de trabajo con familias.
  • Políticas de buen trato.
  • Planificación y evaluación educativa.
  • Lineamientos institucionales en relación con la salud de los párvulos.
  • VI.- Principales funciones

  • Planificar, desarrollar y evaluar experiencias educativas, en el marco del proceso de enseñanza y aprendizaje.
  • Implementar experiencias educativas desafiantes, evaluando los contextos de aprendizaje y generando ambientes acogedores, seguros e inclusivos.
  • Mediar la práctica pedagógica en función de la aplicación de principios pedagógicos y criterios de mediación, promoviendo la integración y el aprendizaje autónomo.
  • Generar una alianza de colaboración entre el equipo de aula, la familia y la comunidad para el bienestar integral de todos los niños y niñas, potenciando el proceso de enseñanza y aprendizaje.
  • Generar información para construir, diseñar, desarrollar y evaluar la construcción del Proyecto Educativo Institucional (PEI) del establecimiento.
  • VII.- Documentos que debe adjuntar en su perfil para postular:

  • Currículum actualizado.
  • Certificado de título profesional de Educador/a de Párvulos
  • Certificado de antecedentes con vigencia no mayor a 2 meses, que se obtiene de manera gratuita en
  • Certificado de inhabilidades para trabajar con menores de edad con vigencia no mayor a 2 meses, que se obtiene de manera gratuita en
  • Certificado de inhabilidades por maltrato relevante con vigencia no mayor a 3 meses, que se obtiene de manera gratuita en
  • Se solicita a todos los/as postulantes verificar la información de los siguientes datos en su currículum, puesto que serán utilizados para asignar una evaluación de competencias en línea:

  • Rut:
  • Nombres:
  • Apellidos:
  • Correo:
  • Nacionalidad:
  • Número telefónico (celular): (en caso de no tener, puede omitir).
  • VIII.- Plazo de postulación

    Las postulaciones son recibidas sólo por esta plataforma y no por correo electrónico, hasta las 23:59 hrs. del martes 30 de abril del

    Por otra parte, en caso de no encontrar postulantes que cumplan con los requisitos establecidos en esta publicación, la Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho a declarar total o parcialmente desierto el presente proceso.

    IX.- Otras consideraciones

    Para el presente proceso de Reclutamiento y Selección de Personal, es importante que el postulante responda correctamente las preguntas formuladas en la oferta, y adjunte todos los documentos requeridos en el Punto VII, pues estos serán considerados uno de los criterios de selección para pasar a la siguiente etapa del proceso. Quienes no adjunten todos los documentos requeridos en su postulación, no pasarán a la etapa de evaluación.

    Los costos asociados a traslado, alojamiento y alimentación para efectos de entrevistas presenciales (si las hubiera) será responsabilidad de los(as) postulantes.

    Los postulantes que presenten alguna discapacidad que les impida o dificulte acceder a los instrumentos de selección, deben informarlo en su postulación, para que podamos adaptarlos y de este modo garantizar la no discriminación.

    Dada la entrada en vigencia de la Ley N° Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos), si es seleccionada/o, deberá autorizar a la institución para proceder con las retenciones y pagos que correspondan al alimentario en caso de tener obligaciones pendientes. Esta será una condición habilitante para su nombramiento en el cargo.

    Cargo afecto a inhabilidad contenida en el art 85° del DFL29 sobre Estatuto Administrativo: "En una misma institución no podrán desempeñarse personas ligadas entre sí por matrimonio, por parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, de afinidad hasta el segundo grado, o adopción, cuando entre ellas se produzca relación jerárquica. Si respecto de funcionarios con relación jerárquica entre sí, se produjera alguno de los vínculos que se indican en el inciso anterior, el subalterno deberá ser destinado a otra función en que esa relación no se produzca."