Jefe(a) Jurídico Dirección Regional del Biobío - Chiguayante, Chile - CORFO
Descripción
BASES DEL LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA LA PROVISIÓN DEL CARGO DE JEFE DE DEPARTAMENTO- Servicio Nacional del Patrimonio Cultural requiere proveer el/los cargo(s) indicado(s) en el numeral I de estas Bases Concursales.
- Este proceso concursal de Tercer Nível Jerárquico, se ajusta a la normativa establecida en el D.F.L. No 29/04 (H), que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo y en el Decreto No 69/04 del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento de Concursos del Estatuto Administrativo.
- Esta convocatoria requiere de archivos adjuntos, que son necesarios para postular.
- Certificado Situación militar al día (*)
- Copia Cédula de Identidad
- Copia de certificado que acredite nível Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiência laboral
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados
- CV Formato Libre(Propio)
- Simbología:_
No tengo el documento requerido
Postular a la Convocatoria
I. IDENTIFICACION DE LAS VACANTES
Ministerio:
Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio
Institución: Servicio Nacional del Patrimonio Cultural
Cargo
Estamento
Área de Trabajo
Vacantes
Renta Bruta
Lugar Desempeño
- Jefe(a) Jurídico Dirección Regional del Biobío
- Directivos
- Area para cumplir misión institucional Región del Biobío
- Concepción
Comentarios Renta
Cargo:
Jefe(a) Jurídico Dirección Regional del BiobíoLa renta indicada equivale a la remuneración bruta mensualizada correspondiente a un grado 8° E.U.S.
de la planta directiva del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural para la región del Biobío.II. PERFIL DEL CARGO
2.1 Cargo:
Jefe(a) Jurídico Dirección Regional del Biobío
2.1.1. Objetivo del cargo
Velar por el cumplimiento y la aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias relativas a la Dirección Regional del Servicio, entregando los lineamientos jurídicos para la aplicación de la normativa vigente en la región, en coordinación con la División Jurídica del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural.
- Funciones del cargo:
- Velar porque la gestión institucional en la región, se fundamente en los principios de la legalidad, transparencia y probidad.
- Velar por la legalidad de los actos administrativos, visando todos aquellos emitidos por la Dirección Regional.
- Asesorar a la Dirección Regional y a las Unidades del Servicio presentes en la región en materias de índole jurídica, proporcionándole soluciones oportunas, ajustadas a derecho y a los lineamientos de la institución.
- Supervigilar los procesos disciplinarios instruidos en la región y efectuar el control de legalidad.
- Generar los informes pertinentes que procedan para la correcta aplicación de las leyes, reglamentos, decretos, resoluciones o instrucciones que se dicten.
- Representar Judicial y Extrajudicialmente a la Dirección Regional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, a requerimiento del Director Regional.
- Asumir personalmente el patrocinio en las distintas causas judiciales que corresponda al Servicio en la región.
- Liderar y gestionar el equipo de trabajo tanto en las áreas administrativas y de gestión, como en los desafíos propuestos, incluyendo el adecuado manejo de crisis, asegurando el logro de los objetivos.
- Cualquier otra función de carácter legal que la Dirección del Servicio o el/la Director/a Regional le encomienden.
III. REQUISITOS Y PERMANENCIA
3.1.
Requisitos generales:
- Los postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos generales señalados en el Artículo 12 del Estatuto Administrativo, el cual señala que para ingresar a la Administración del Estado será necesario:
- Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia;
- Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
- Haber aprobado la educación básica y poseer el nível educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley;
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones, y
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el , según Ley Sin perjuicio de lo anterio
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