Reemplazo Medico General - San Carlos, Chile - CORFO
Descripción
MinisterioMinisterio de Salud
- Institución / Entidad
- Cargo
- No de Vacantes
Salud
- Región
- Ciudad
- Tipo de Vacante
Objetivo del Cargo
Atención en su especialidad médica a usuarios y usuarias del Hospital de San Carlos
Requisitos Generales / Específicos
- Certificado de Título de Médico Cirujano otorgado por un establecimiento del Estado o reconocido por este.
- Inscrito en Registro de Prestadores Individuales de Superintendencia de Salud
Deseable contar con experiência laboral en Hospitales de alta complejidad
-
Mecanismo de Postulación
- Documentos requeridos para postular
- Curriculum Vitae
- Copia de certificado de Titulo
Calendarización del Proceso
Fase
Fechas
Postulación
Difusión y Plazo de Postulación
17/01/2023-03/02/2023
Selección
Proceso de Evaluación y Selección del Postulante
06/02/2023-10/02/2023
Finalización
Finalización del Proceso
13/02/2023-14/02/2023
El plazo para recibir postulaciones es hasta las
-
17:00 horas del
-
03/02/2023.
- Correo de Consultas
Aviso Pizarrón: Es un tipo de publicación que no permite postular en línea, ya que el Portal de Empleos Públicos es utilizado sólo como medio complementario de difusión de la convocatoria y no como medio de postulación. En este contexto, esta publicación, no contiene necesariamente toda la información del proceso, por lo que la persona interesada debe consultar mayores antecedentes directamente al Servicio Público responsable del aviso. - Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
- En virtud de la entrada en vigencia de la ley N° que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.
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